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Alquiler desde 46 años y renta de 30€/mes.
Tendría que adoptar muchas cautelas antes de hacerlo. Desde luego no es conveniente hacerlo sin la asistencia de un Letrado experto.
La modificación del objeto del contrato es sustancial y por lo tanto implica, a mi juicio, un nuevo contrato con lo que ello conlleva en este caso d eperdida de las condiciones que tienen; entes de hacer nada debieran asesorarse directamente.
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