Vitab, si ese contrato es anterior a 1985, el inquilino, su abuelo, tiene derecho a vivir ahí hasta su fallecimiento, cuando esto ocurra habrá que examinar si su madre reúne los requisitos para subrogarse, continuar con ese contrato: convivencia previa y discapacidad, en cuyo caso deberán comunicarlo al casero en tiempo y forma oportunos. Sin leer el contrato no se puede/debe decir mas. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)
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