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Puede donárselo a cualquier, sin derecho de retracto para el inquilino. Tenga presente la cuestión de los impuestos. Y que los nuevos propietarios no podrán echar al inquilino por causa de necesidad.
Eduardo, esque no se si te he entendido bien. Si por ejemplo se dona a una tercera persona, que no sea ninguno de los demas propietarios, su parte de la propiedad, ¿el inquilino no tendria derecho de retracto?, hombre yo pienso, se lo regalo a quien yo quiero, pero ¿no estare obligado a regalarselo a el inquilino por el retracto, no?
Un Saludo