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me refiero a los daños que el incendio produzca al edificio de la comunidad.
Gracias
Estoy con Oscar lo que debe hacer es leer atentamente su póliza de seguro, no vaya a llevarse una sorpresa desagradable.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Para javier: cualquier póliza de seguro de hogar cubre la responsabilidad civil bajo tres conceptos.
r. C. De daños por agua
r. C. Del inmueble
r. C. Familiar.
el caso que expones estaría cubierto en el primer apartado.
por supuesto que un seguro de r. C. Familiar sería lo mejor, pero no sé si por ley se puede obligar al inquilino.
Perdonad, me expliqué mal desde un princpio, yo soy el propietario y habito mi piso si ocurriera un incendio y dañara las partes comunes del edificio, mi seguro de hogar por la Responsabilidad Civil cubriria esos daños.
Gracias
Pienso que lo tienes en alquiler,ya que este foro es de eso.Si es así,deberías obligar al inquilino que se haga un seguro de R.C. para evitar problemas.Piensa en que si tu inquilino es insolvente y se deja por negligencia un grifo abierto e inunda tres pisos para abajo,o bien se olvida una sartén y se quema la casa.Hoy en día,los seguros tratan de evitar pagos por cualquier pequeño motivo
Pues depende de seguros.
O bien miralo en las condiciones generales y coberturas del seguro.
O bien llama a la compañia y preguntalo.