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Mi suegra es arrendataria de un piso de renta antigua (año 1962). Tiene varias goteras en el tejado ¿puede reclamarle al propietario el arreglo? O ¿puede negarse, alegando que reclame a la comunidad puesto que es un elemento común del edificio?. En la comunidad nadie hace nada porque no les afecta directamente y además se da la circunstancia de que de las ocho vivendas del inmueble, 5 pertenecen al mismo arrendador.
Si fuera una renta moderna con alquiler a PRECIO DE MERCADO, el arrendador estaría obligado a hacer las reparaciones necesarias para mantener la habitabilidad del piso sin elevar la renta.
Sobre reparaciones EN VIVIENDAS DE RENTA ANTIGUA, debe tener en cuenta que arrendador podría repercutir en la renta el coste.
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Y este otro desde donde dice "en cuanto a las obras..."
Puede y debe reclamar al arrendador ya que es obligación de éste hacer que el piso sea habitable. El arrendador tiene contrato de alquiler y en el mismo cobra por el alquiler de una vivienda, entendiendo por vivienda un lugar donde se pueda vivir (cédula habitabilidad). Otra cosa es lo que el arrendador, una vez arreglado el asunto, pueda hacer frente a la comunidad para resarcirse o si el propio arrendador debe instar a la Comunidad a que lo arregle.
En cualquier caso, es una responsabilidad del arrendador y deberías requerirle por burofax para que lo arregle. Si no lo hace, se puede instar una acción judicial para obligarle a hacerlo. El tema de si el origen de la gotera es elemento comunitario o no, es un problema del arrendador con la Comunidad, no es problema del inquilino, que no es miembro de la misma.