Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
el seguro se hace cargo del total de la reparación, que durará entre 2 y 3 meses. ¿puedo denegarle el acceso mientras no pague?
Aunque la compañía se haga cargo de la reparación del siniestro, hay un aspecto a tener en cuenta en su consulta, ¿Es el inquilino responsable del incendio? Si la respuesta es positiva ese hecho influye notablemente en su consulta, ya que tendrá que pagar los alquileres en concepto de indemnización.
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En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Hola capitan:
si el piso fue arrendado hace 30 años es anterior al 9-5-1985(renta antigua) y se aplicará, si el arrendatario no puede hacer uso del mismo por estar inhabitable durante las obras, el artículo 119 de la lau 1964(suspensión del contrato).
reciba un cordial saludo.
No.
Puedes demandarle por impago, pero tendrá fácil defensa, aparet de que, al ser una reparación de más de 20 dias, tiene derecho a la reducción proporcional de la parte de la vivienda que no puede ser utilizada