1º.- Del capital invertido en la reparación del tejado deberán deducirse las ayudas públicas si las hubiere habido.
2º.- A ese capital se sumará el importe del interés legal del dinero calculado para un período de 5 años.
3º.- La cantidad resultante se repercutirá proporcionalmente a la superficie de tu casa.
4º.- Deberás abonar anualmente hasta el pago total ,el 10% de lo que te corresponda hasta el límite de las siguientes cantidades:
-5 veces tu renta vigente (más cantidades asimiladas).
-salario mínimo interprofesional anual. (624 €/mes).
Estamos a tu disposición,
Api Colegiado Inmodos
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E-mail: info@inmodos.net