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en el 42, posteriormente residimos con mi madre, fallecieron los abuelos y finalmente al casarme residí con mis hijas que nacieron alla, me daba algún derecho al piso. El piso fué dejado sin más trámites, ya que nos ausentamos de Barcelona. Les agradecería me aclararan esa duda. Muchas Gracias. Ana Julia
Coincido con mi compañero Jan en que debe ser un profesional el que le asesore, pero opino que su posible derecho a esa vivienda es muy escaso y a lo mejor no le compensa el gasto.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Hola ana:
Para responder a su consulta es preciso examinar el contrato, la documentación relacionada con el mismo y disponer de más datos. Por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo.