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vivimos en valencia cuanto me podrian subir el alquiler como maximo tambien me gustaria saber si puedo realquilar a otras personas alquilando habitaciones
gracias
Solamente podrías acogerte al subarriendo en caso que estes empadronada en la vivienda como mínimo dos años antes del fallecimiento, pero no peudes subarrendar habitaciones sin el consentimiento del propietario o podría ser motivos de desahucio. Más que nada que te estarías enriquiciendo a costa del propietario ya que encima que pagarás poco al ser de renta antigua cobrarás alquiler.
Coincido con JAN.
Añadir a lo dicho que el subarriendo (salvo autorizacion por escrito del propietario) está prohibido y sería causa/motivo para una demanda de desahucio.
Hola apolo:
la subrogacion en un contrato de arrendamiento de vivienda no da derecho al arrendador a incrementar la renta. Pese a ello lo importante en su caso seria determinar si usted tiene o no derecho a la subrogacion, para lo cual habria que examinar el contrato y disponer de mas datos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es