María la denegación de prórroga por necesidad del casero en un alquiler de renta antigua es algo que se regula por la antigua ley de arrendamientos urbanos, TRLAU 1964, y no es tan sencillo, rápido y expeditivo como el sistema actual, mi consejo es que no haga nada, no acuerde nada y sobre todo no firme nada, sin contar con el asesoramiento de un abogado, que además sea experto en este tipo de alquileres. Desde luego tal como lo ha iniciado su casero, según vd lo relata, no parece conocer la ley. En
http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente