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Mi abuela fallecio hace unos meses y debemos dejar el piso que tenía arrendado en un contrato de renta antigua.
Los herederos de mi abuela, ¿tienen la obligación de dejar el piso vacío de muebles y otros enseres? ¿O puede hacerse cargo el propietario? Y en este último caso, ¿bajo que supuestos se debería hacer?
Muchas gracias!
xavcas: todo depende del contrato que firmaran en su día. Habría que leerlo. De todas formas, supongo que inicialmente la vivienda no tenía muebles. Si es así, Ud. tiene el deber de dejarla tal y como se la encontraron, es decir, vacía.
Desde el punto de vista practico cabe suponer que el propietario no va a poner pegas al recuperar un piso en alquiler de renta antigua.
¿Han comunicado el fallecimiento?
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