Calinio plantea una situación bastante complicada, un contrato que por la fecha está sujeto al Decreto Boyer, pero trae origen en uno anterior al la ley del 1964, ello quiere decir que para poder asesorarlo con alguna garantía habría que leer atentamente esos documentos y todos los que pueda aportar referentes a ese asunto, a falta de ello le dejo un enlace que le puede orientar:
El alcance del Decreto Boyer según el Tribunal Supremo. Pedro Hernández Olmo, abogado