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odette

profesional

Tengo una inquilina desde el año 1984, y ahora he tenido que hacer una reforma de la luz, ¿se lo puedo repercutir?

He tenido que hacer una instalación de la luz nueva, a una inquilina que la tengo desde 1984, ¿se lo puedo repercutir mensualmente? o sea la cantidad se la divido en 12 meses.

  • Preguntado por: odette
  • Hace 14 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Puede repercutirselo si ha sido el inquilino quien ha solicitado la obra o ha sido acordada por resolución judicial o administartiva y la repercusión ha de ser enla forma en que señala la LAU:

    1. Al capital invertido se le sumará el importe del interés legal del dinero correspondiente a dicho capital calculado para un período de cinco años.

    2. El arrendatario abonará anualmente un importe equivalente al 10 % de la cantidad referida en la regla anterior, hasta su completo pago.

    3. La cantidad anual pagada por el arrendatario no podrá superar la menor de las dos cantidades siguientes: cinco veces su renta vigente más las cantidades asimiladas a la misma o el importe del salario mínimo interprofesional, ambas consideradas en su cómputo anual

      En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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