Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Soy la arrendadora de un local cuyo contrato se formalizó en 1.973, no ha habido surrogaciones aunque sí cambios de negocio (primero un Bar, luego una tienda de modas y ahora una inmobiliaria).
Desde hace un tiempo, al parecer, quien desarrolla la actividad comercial en él, no es el autónomo que firmó el contrato si no una Sociedad Limitada que él ha creado. De hecho, aparece como 2sucursal la dirección del local en el informe mercantil de la sociedad limitada, a parte de grandes rótulos en la fachada.
Ahora bien, este arrendatario, que tiene en la actualidad 76 años, no se quiere jubilar por no dejar el alquiler barato del local (se encuentra en la Calle Alcalá de Madrid pagando 700 euros en 100m2). Pretende realizar un traspaso a su hijo y nos dice que tiene derecho a hacerlo por 10 años. Anteriormente nos ha propuesto varias "historietas", surrogarse en su hijo y demás...
Esto es así, son 10 años lo que le correspondería?
Podríamos denunciar esta situación si se lleva a cabo?
qué hay del párrafo de la Disposición transitoria 3ª que habla de fin del traspaso en el 2.015?
Nosotros queremos que se vaya, ni tiene negocio ni tiene nada, sólo pretende especular con el alquiler aguantando cuanto más tiempo pueda mejor hasta que le salga una oferta.
Este alquiler ha sido realmente un calvario.
En un arrendamiento de renta antigua y mas de la complejidad del que describe, donde parece que se ha producido un traspaso o subarriendo encubierto, debería de acudir a un abogado experto en estos temas con todos, los documentos e información para que pueda estudiar cual es la postura que le conviene adoptar.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ tiene información al respecto y estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.