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nieves27

profesional

Un contrato de alquiler de fecha 1957. Fallece el inquilino. Se subroga la esposa. Ésta fallece enero2013. Subrogación hija?

La hija, está a punto de jubilarse. ¿cabe otra subrogación? Por cuanto tiempo?

se podría aplicar el tope de hasta 2015. (Creo con decreto Boyer).

¿Se adjuntaría al anexo al contrato original por la subrogación?

¿cabe actualización de renta?

gracias

  • Preguntado por: nieves27
  • Hace 11 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
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  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    nieves27 Está confundiendo conceptos:

    el Decreto Boyer se refiere a contratos de arrendamiento posteriores a 9 de Mayo de 1985

    el tope hasta 2015 se refiere a alquileres de local de negocio anteriores a 9 de mayo de 1985

    en el caso que plantea Esa hija podrá suborogarse por dos años o de modo vitalicio si tiene Una minusvalía igual o superior al sesenta y cinco por ciento

    en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. ,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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