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El antiguo dueño del piso en el que estoy en alquiler de renta antigua (que también era dueño de todo el edificio) ha vendido todo el edificio a la caja donde tenía la hipoteca del edificio para saldar parte de la deuda de esa hipoteca. Como el nuevo propietario es esa caja de ahorros, ¿cómo podría ejercer el derecho de retracto y tanteo para comprar sólo mi piso, no todo el edificio? ¿Tendría que pagar el precio de la venta de todo el edificio o una parte proporcional? ¿Tendría que abonar la hipoteca de todo el edificio, de sólo una parte, o ninguna, porque el nuevo propietario no paga hipoteca? Ayuda por favor...
Hola Ruben:
Si su exarrendador ha vendido la totalidad del inmueble en su conjunto usted carecerá del derecho de tanteo y retracto sobre su vivienda. En cas contrario al expuesto coincido con la respuesta de mi compañero Eduardo, salvo que el Registro al que debe acudir es al de la Propiedad, no al Civil.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Si se ha vendido por pisos (caso de que hubiera división horizontal) tiene usted derecho de retracto en 60 días desde que se realizó la operación; pero si se ha vendido todo el edificio y no hay división horizontal carece usted de tal derecho. Le aconsejo que acuda al registro civil y obtenga nota simple informativa de su piso o de todo el edificio (si se trata de una sola finca) y luego consulte con un letrado que pueda examinar la documentación.
¿Hay algún abogado o experto que me responda con más precisión?
Creo que quien mejor te puede ayudar en este caso es un abogado. Para saber el precio por el cual ha vendido tu piso, tendrías que saber el precio total y dividirlo por los pisos. Si tu indicas que quieres comprarlo por ese precio te tiene que dejar. Pero no dejes pasar mucho tiempo ya que creo que puede caducar ese derecho.