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Llevo seis años pagando una derrama por trabajos ordenados en una ITE y acoradados en junta de propietarios. Para poder reclamar al inquilino (renta antigua) la parte que según ley le corresponde, es necesario que hayan concluido totalmente los trabajos, o por el contrario, se le puede pedir antes su participación, siempre conforme a lo que prescribe la ley?: Gracias por informarme.
Hola Jos:
Para resolver su conuslta es preciso examinar el contrato y disponer de más datos. Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamitnos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es