La inquilina no vive, está en una residencia, ¿la puedo decir que me deje el piso?
Tengo un piso alquilado desde el año 196, desde hace 6 meses la inquilina está en una Residencia tengo entendido que tendría que dejarme el piso ,he hablado con sus hijos pero me dicen que de eso nada claro es que me paga 7€. Por favor me dicen que tendría que hacer.
Preguntado por:
MARIAionica
Hace 15 años
Categoría: Renta antigua
Respuestas (2)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
Juan
profesional
Una de las causas previstas para denegar la prórroga en contratos de renta antigua es que la vivienda no esté ocupada durante más de seis meses en el curso de un año, pero siempre que la desocupación no obedezca a una justa causa (artículo 62. 1. 3ª de la LAU de 1964). Los tribunales ven como justa causa el ingreso en una residencia.
Sin embargo con esa renta no hay duda de que los arrendadores están abandonando y pronto perderán su derecho a actualizar la renta conforme a la Disposición transitoria segunda D) de la LAU de 1994.
Me alegra de ver que tanto usted como su inquilina tienen una tan larga vida, si no me equivoco llevan con ese contrato de arrendamiento unos 1.813 años... (no me resistí a hacer la broma).
Ahora en serio. Creo que debería darnos algunos detalles más para poder ayudarle. Año real de firma del contrato, si se han producido subrogaciones y cualquier otro dato significativo.
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