1.- Debería haber llevado a cabo la actualización prevista en la LAU 1994.
2.- Tiene que cumplir los requisitos que exige la Ley para la denegación de prórroga por necesidad.
3.- Le recomiendo la lectura de mi blog:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/11/la-necesidad-del-arrendador-en-los.html.