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Mariope

casero/a

¿Puedo actualizar el alquiler de un piso con contrato indefinido desde el año 1983?
O bien puedo rescindir el contrato? Soy propietario de un piso en Barcelona por el que percibo de alquiler 225€ (este total incluye todos los conceptos de: renda+incremento de renda+servicios+IBI). Desde el inicio del contrato el único aumento anual de la renta ha sido el correspondiente al IPC.

Puedo rescindir el contrato por necesidades de un descendiente (hijo) que no puede hacer frente al pago de un alquiler'
  • Preguntado por: Mariope
  • Hace 15 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Ya que anualmente actualiza la renta conforme al IPC, tengo que suponer que anteriormente ya se realizó la actualización extraordinaria de los contratos de renta antigua, pues la ley autoriza aquellas solo después de completada esta (Disposición Transitoria Segunda 11.4ª de la LAU de 1994). Por tanto, hasta el próximo año no hay nada que actualizar.

    En cuanto a la resolución del contrato por necesidad para un hijo, el arrendador sigue teniendo ese derecho, regulado en los artículos 63 a 69 de la Ley de arrendamientos urbanos de 1964.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    1.- Debería haber llevado a cabo la actualización prevista en la LAU 1994.

    2.- Tiene que cumplir los requisitos que exige la Ley para la denegación de prórroga por necesidad.
    3.- Le recomiendo la lectura de mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/11/la-necesidad-del-arrendador-en-los.html.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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