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En contrato pone que el inquilino no puede hacer ninguna obra pequeña ni grande sin mi consentimiento por escrito.
Sólo se movió 2 mm. la redonda donde se filtra el agua cuando te duchas y por lo visto salió un poco de agua, no lo se porque no me lo han enseñado en presupuesto. Lo han arreglado por su cuenta,sin darme facturas, presupuestos, informe ni nada. Se han limitado a descontarme el dinero que les costó la reparación, unos 400 euros y encima llamaron a un servicio urgente (que es más caro). ¿Qué debo hacer?
Ahora no me pagan si no les arreglo caldera (que funcionaba perfectamente). Ayer fuí a cobrar y les voy a denunciar por sacarme un arma blanca, insultos, amenazas.. Las fincas no se hacen responsables de nada.. ¿Puede ser motivo para echarles con todo lo que ha sucedido?
Gracias por su aclaración.
Por cierto...en el contrato pone el nombre de un Sr. y en en los extractos me aparece otra persona al hacer el ingreso. ¿Es normal? No creo que sea problema porque al acudir los mossos hicieron el parte y les aparecerá el nombre cuando yo ponga la denuncia pero es por tenerlo en cuenta.
Muchas gracias
Coincido plenamente con Amparo: burofax reclamando el pago y pasado un mes de la recepción (o de la devolución si no lo recogen), demanda de desahucio por impago. De esta forma el desahucio será imparable aunque abonen las cantidades pendientes.
Para evitar que, como les ha explicado Manuel José, la primera vez puedan parar el proceso pagando, envíales primero un burofax reclamando lo que te deben. El burofax debe ser con certificación de contenido y acuse de recibo.
No harán ni caso a tu burofax, igual ni siquiera lo recogen, pero te servirá para que cuando inicies la demanda de desahucio (yo no lo dudaría y máxime después de todas las cosas que has contado..) no haya forma de pararlo.
Yo en tu lugar me olvidaría de arreglar nada, mientras no te pidan el arreglo por burofax no tienes por qué darte por enterada, y tal como están las cosas, céntrate en sacarles de tu casa y de tu vida.
Saludos - Papeleos Alquiler
No creo que la reparación fuera URGENTE. Si así fuera podrían arreglarla y luego con justificante pasarle el importe al cobro, nunca deducir de la renta. Pero antes de todo esto tenían que comunicárselo y esperar su contestación en un cierto plazo. Si vd. no contestara podrían haber hecho lo mencionado ( si fuera URGENTE), QUE YA DIGO QUE NO ES EL CASO.
Debe demandarles judicialmente por falta de pago. La 1º vez podrán hacer el depósito de la deuda, la 2º no se lo aceptará el juzgado pero esto después de comunicárselo por burofax con acuse de recibo, diciéndoles que lo hará a partir de x dias.
En cuanto a la caldera si hubiera que cambiarla sería cosa del arrendador. Si es una pequeña reparación es cosa del inquilino. Quien lo puede saber mejor es un técnico. Que lo manifieste por escrito.
pequeña reparación por uso ordinario: inquilino
gran reparación por uso ordinario: casero
gran reparación por mal uso: inquilino.
Si no se llega a un acuerdo sobre qué clase de reparación es... siempre es más aconsejable una solución salomónica que pedirle al juez que decida él.
La reclamación puede hacerla por el juzgado sin necesidad abogado ( al inicio, después si niega la deuda recurrirá a abogado) siempre que el importe sea menor de 900 euros aproximadamente. Le informan en el juzgado y le dan impreso a cubrir. Téndrá que presentar documentos de la deuda.
Saludos,