Si deseas continuar en las mismas condiciones 3 años más, no hagas nada. Si, al contrario, deseas marcharte, tienes igual plazo que el arrendador, por burofax y acuse de recibo. Saludos,
Si tu contrato no dice nada al respecto, la LAU de 1994 en su artículo 10 dice que se debe avisar con un plazo mínimo de un mes antes de la fecha de fin de esos cinco años.
"Artículo 10. Prórroga del contrato.
Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido."
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