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Acabamos de alquilar una vivenda en agosto y ahora nos hemos enterado que van hacer obras en la fachada,
Probablemente de haberlo sabido no habriamos alquilado este piso, ya que esto serán meses de ruido, polvo y tener cubierto el exterior sin vistas ni luz, además de tener un andamio que facilita los robos.
¿Tenian obligacion la inmobiliaria o el propietario a avisar que se harían obras?
¿Se puede pedir algun tipo de carencia o bonificación?
No te han engañado, simplemente no te han comunicado un suceso que iba a actuar en su contra.
La via judicial no interesa a nadie, y no estoy seguro de que te dieran la razón legal (la moral si, pero esa no vale en estos casos).
Habla con ellos, a ver si les sacas una rebaja, o alguna mejora en la vivienda.
Puedes mirarlo de otra forma. Tienes derecho a 5 años de estancia ahí, y vas a poder disfrutar de la fachada nueva. Imagina que fuera el tercer o cuarto año y la arreglasen en esa época, sería peor.
Yo de ti intentaría pactar una rebaja durante esa temporada, por las molestias.
Y no, no tienen la obligación de avisar de que se realizarán obras en la fachada.
Gracias por las respuestas, ya imagino que para realizar una reclamación, hay que hacerla por vía judicial, pero antes de eso lo que quiero saber es:
¿si tenian obligacion la inmobiliaria o el propietario a avisar que se harían obras?
la comunicación con ellos es buena y no tengo intención de dejar la propiedad ya que he invertido tiempo y dinero, sólo quiero saber si me han engañado o no.
Gracias!
Teniendo en cuanta la dificultad añadida de que el propietario/arrendador no es responsable ni ha decidido esas obras cabe señalar que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Hola,
Puede pedir lo que quiera, pero dudo mucho que le concedan.
Va a tener que aguantarlo, ya que aunque moralmente tiene razón, para conseguir algo si no es de mutuo acuerdo, deberá enfrancarse en una batalla judicial.