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azucena garcia lopez

inquilino/a

Me quieren desahuciar porque llevo 4 meses sin pagar, yo he hecho la reforma del bar, no tenia enganche de luz, agua

Me he gastado en la reforma 30000 euros. y el bar no funciona no puedo pagarlo. qué hago? alguien conoce mis derechos?

  • Preguntado por: azucena garcia lopez
  • Hace 14 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (12)
mejuto ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola mejuto:

     

    1º) En mi posto he dicho " no se indica que el traspaso sea ilegal". En ningún momento he utilizado la palabra alegal

     

    2º) Lea un diccionario -le vendrá bastante bien - y verá la diferencia entre ilegal y alegal. Se lo recomiendo porque su respuesta "si no está regulado legalmente es ilegal" es, como de costumbre, absolutamente incorrecta. La ignorancia es atrevida.

     

    3º) El único que confunde a los consultantes es usted con sus intervenciones, pues además de desconocer la legislación presenta una inquietante carencia de conocimiento del lenguaje jurídico.

     

    Reciba un cordial saludo

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    mejuto: ¿Ha leido esto? A lo mejor se le aclaran las ideas.

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/10/existe-en-la-actualidad-el-derecho-de.html

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    Entonces mi primera respuesta era válida, el interesado puede promover un traspaso, no se para qué me corrigen, para confundir?

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    jan abogado, si no está regulado legalmente es ilegal, pensé que era usted abogado. El termino alegal que quiere decir? sodoma y gomorra? salvese quien pueda?

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola mejuto:

     

    Si lee con atención la respuesta de mi compañero PHOLMO; observará que en la misma no se indica que el traspaso sea ilegal, sino que el "traspaso" no está regulado como tal en la LAU 1994(sí, en cambio, en la LAU 1964, arts 32 y ss).

     

    El término jurídico correcto para contratos de local de negocio posteriores al 1-1-1995 es "cesión total".

     

    Si usted tuviera el más mínimo conocimiento de la legislación arrendaticia lo habría entendido sin necesidad de que nadie se lo explicase.

     

    Reciba un cordial saludo

  • mejuto

    inquilino/a

    me parece que es confundir a la gente porqué aunque ponga que no es legal es un negocio muy extendido y instaurado en ciudades como las que mencioné, no hay bar o restaurante en alquiler sin un previo traspaso de varios miles de euros. Cual es la propuesta? negarnos a pagar un traspaso?

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola mejuto:

     

    Lea el encabezado del artículo 32 LAU 1994 y comprenderá que la respuesta del Sr PHOLMO es absolutamente correcta desde un punto de vista semántico-jurídico.

     

    Reciba un cordial saludo

     

  • mejuto

    inquilino/a

    Pues en ciudades como Barcelona o Madrid el traspaso es el pan nuestro de cada día, de hecho es uno de los negocios que todavía enriquece a las inmobiliarias. Como defender que el traspaso es ilegal ante este hecho?

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En la actual Ley de Arrendamientos Urbanos no existe el derecho de traspaso

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Inmobiliari Renting

    profesional

    Te comento nosotros somos inversores en esos temeas, compramos de continuamente bares y cafeterias, lo mejor que puedes hacer es si el propietario te lo permite es subarendar el local o bien en este caso traspasarlo... Bien si el propietario te dice que no lo puedes traspasar eso es mentira, tu lo traspasas al quien te apetezca y tienes la obligacion de mandarle un burofax antes de pasar un mes del traspaso indicandole que tiene nuevo inquilino. Ahora bien en este caso el propietario podra subir al nuevo inquilino un 10% del alquiler de la renta o bien puede pedirte el 20% a ti del traspaso. Para cualquier duda te puedes poner en contacto con nosotros al negociosluna@hotmail.es dejando tus datos.

  • Inmobiliari Renting

    profesional

    39. Obligaciones del inquilino.

    • A pagar puntualmente la renta pactada así como el recibo de todos los suministros que cuenten con aparato contador individual y las cargas y tributos que se hayan pactado.
    • Al pago de la fianza.
    • A permitir la realización de las obras necesarias para la conservación o mejora de la vivienda que no puedan demorarse hasta la terminación del contrato, aunque para ello sea privado de una parte de la vivienda, en cuyo caso si la obra dura más de veinte días el propietario tendrá que disminuir la renta en la parte proporcional.
    • Serán por cuenta del inquilino las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
    • A conservar la vivienda y los enseres que contenga en las mismas condiciones que se encontraban.
  • mejuto

    inquilino/a

    Es un mal asunto, lo que puede intentar en el tiempo que le queda es traspasar el bar y recuperar algo de su inversión y paga la deuda, o mejor dicho, paga la deuda y recupera algo de la inversión

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
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