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Hola,
Hace ya unos meses que el dueño del piso viene diciendo que el piso esta embargado, el presidente de la comunidad ha ido a su banco y le han dicho que todavía es de su propiedad, como puedo saber si está en proceso de embargo ya sea del banco o hacienda? a más en el edificio van ha hacer reformas y la comunidad me las reclama ya que el propietario no da señales de vida? Pueden reclamarme que cada mes les pague una parte del alquiler a ellos con el fin de cubrir la deuda del propietario?
Tengo 27 años y estoy cobrando la RBE.
Un saludo y gracias de antemano.
Si en la transferencia o entrega de dinero en cuenta haces constar su nombre y el concepto, no hay razón alguna para que no lo hagas ni tiene ninguna importancia: si le pagas mediante transferencia y el titular de la cuenta no se corresponde con el número de la misma, el banco te lo devolvería. Si la cuenta es suya, el alquiler habrá quedado pagado. De todas formas mejor que te firmé en el propio contrato el nuevo número de cuenta bancaria en el que debes hacer el ingreso.
Si slgun vecino iluminado tuvo la brillante idea.
Ahora me pide el propietario que le ingrese el importe del alquiler en otra cuenta, sospecho que la cuenta actual la tiene embargada y que por este motivo quiere hacer el cambio. en el contrato detalla el nº de cuenta donde tengo que realizar el ingreso, mi duda es: ¿Puedo negarme a hacer esto que me pide? ¿Puedo exigirle que modifique el contrato y reflege el nuevo nº de cuenta?
Como bien señala Amparo la Comunidad debe didirgirse al Propietario en el tema de cuotas, ni se le ocurra dedicar parte del alquiler a ese pago, salvo que reciba una orden judicial en ese sentido.
En mi blog http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si quiere ampliar la consulta.
Ningún problema por el embargo, quien resulte ser nuevo propietario tiene que respetar el contrato de alquiler y ponerse en contacto contigo para que le pagues a él.
¡¡que graciosa es su comunidad!!!,¿pero ha sido un vecino el ocurrente o después de una reunión se ha llegado a la conclusión de que le pasarían el recibo a usted?
¿paga usted la comunidad? si es así, y está domiciliado en su banco, por si acaso daría orden al banco que no admitan el cobro de más dinero que X= la cantidad que esté por contrato que cuesta la comunidad.
No vaya a ser que el administrador de fincas le pase las derramas.Si esto pasase tiene un mes para devolver dicho recibo(mi banco dice más pero yo por si acaso, un mes)
el que tiene que responder ante la comunidad es el dueño y la comunidad no tiene que pedirte nada a ti.
para saber de quien es el piso en el registro de la propiedad te lo diran.
La Comunidad no puede reclamaros nada a vosotros. Tendrá que actuar contra el propietario llegando incluso a embargar el piso. Pero a vosotros eso no os afecta, al menos durante 5 años.
saludos - Papeleos Alquiler.