Tal como aparece descrito en ambos casos y sin tener a la vista el contrato, nevesario para no incurrir en error, parece que le corresponde al dueño pagar ambos gastos.
En mi blog trato el tema con amplitud:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/11/la-reparacion-de-daos-en-la-vivienda.html.