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Moiel

inquilino/a

Validez de cláusulas en contratos de arrendamiento
Hola,
2 preguntas:
Hemos firmado un contrato de alquiler. De palabra, la persona que nos lo ha alquilado dijo que el contrato era por 5 años. Confiados, firmamos el contrato, pero ahora vemos que ha incluido una cláusula que dice que es solo prorrogable por 3 años. ¿Hace esto que el contrato efectivamente solo dure un máximo de 3 años? Tengo entendido que según la Ley de Arrendamientos Urbanos cualquier contrato se puede prorrogar hasta los 5 años.

Por otra parte, también ha incluido una cláusula por la que la renta se actualizará con un IPC especial para alquileres (obviamente, con la que está cayendo, este sube más que el IPC normal). Pero creo que la ley dice que se aplique el IPC normal ¿verdad?
  • Preguntado por: Moiel
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Estas en lo cierto en ambos casos.

    Tenéis derecho a prórrogas anuales al contrato, hasta un mínimo de 5 años.

    La renta, durante los primeros 5 años, sólo puede actualizarse aplicando el IPCGN.
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