Jose ante todo conviene subrayar que, a mi juicio, vd. no está interpretando correctamente esa clausula segunda que lo que viene a decir es que vd ha examinado la vivienda y la encuentra correcta, le convendría leer el
decálogo del inquilino.En cuanto a la plaga de cucarachas, coincido con Amparo, en que normalmente el casero y el inquilino no suelen coincidir en la opinión sobre la habitabilidad de la vivienda, por lo tanto si vd considera que esa plaga hace inhabitable la vivienda debiera solicitar un dictamen pericial que lo asevere y con ese dictamen acudir al Juzgado para solicitar la rescisión del contrato, si antes no se pone de acuerdo con su casero.
Para ese juicio necesitará abogado y procurador y conviene recordar la maldición gitana "pleitos tengas y los ganes" y tambien que "mas vale un mal arreglo que un buen pleito
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