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Buenas, tengo 2 preguntas sobre la duración en alquiler uso distinto a vivienda 1) que pasa si no se ha pactado y 2) que pasa si no puede demostrar. 1) ¿La duración es por la frecuencia de los pagos? Para preguntar eso mi razonamiento es el siguiente: Al tratarse de un alquiler de uso distinto a vivienda queda claramente expuesto en el TÍTULO I, artículo 4 apartado 3 el régimen aplicable: ?Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se rigen por la voluntad de las partes, en su defecto, por lo dispuesto en el título III de la presente ley y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil.? Así mismo, el apartado 1 indica: ?Los arrendamientos regulados en la presente Ley se someterán de forma imperativa a lo dispuesto en los títulos I y IV de la misma? Por lo que podemos concluir que un alquiler de uso distinto a vivienda ha de cumplir los TÍTULOS I, III y IV de la LAU.
Al no estar recogida una duración mínima del alquiler, o su prórroga, en los TÍTULOS I, III, o IV, esta se rige por la voluntad de las partes, y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil. Nótese que la duración mínima del alquiler y su prórroga está regulada por el TÍTULO II, el cual está excluido del alquiler de uso distinto a vivienda.
De forma que, no se haya pactado duración alguna el código civil establece en el artículo 1581 que: ?Si no se hubiese fijado plazo al arrendamiento, se entiende hecho por años cuando se ha fijado un alquiler anual, por meses cuando es mensual, por días cuando es diario. En todo caso cesa el arrendamiento, sin necesidad de requerimiento especial, cumplido el término.?
Por todo lo expuesto anteriormente; si se paga mensualmente el contrato es de duración mensual al igual que su cese.
¿Es correcto este razonamiento? Si no lo es por favor detallar el porqué.
2) ¿sería la misma situación si en un contrato verbal cada parte dice una cosa pero no se puede demostrar?
Muchas gracias
Oscar uso distinto a vivienda , en nada relacionado con vivienda no habitual. Esto es un garaje, un trastero, o en este caso un despacho dentro de una oficina.