Hola Elisa.
Por lo dices el contrato es cacao.
Donde pone "distinto de vivienda" no quiere decir que sea exclusivamente de local, ya que también se denominan así a los alquileres de segundas residencias, vacaciones, temporada, etc.
Si esa es tu residencia habitual entonces lo que tienes es un contrato de vivienda habitual independientemente de lo que ponga el contrato. Pero si vives ahí temporalmente por trabajo, estudios, etc, entonces tienes un contrato distinto de vivienda.
Si se trata del primer caso entonces tienes derecho a quedarte durante 3 años, siempre que el propietario no te lo reclame por lo menos 1 mes antes de cumplir los 3 años.
En cuanto a las contradicciones puede deberse a que la inmobiliaria utilizar alguna plantilla de contrato y se ha despistado en el momento de modificarlo. COmo en el caso de incluir el IVA. El alquiler residencial está exento de IVA.
La cuestión principal es determinar si esa es tu vivienda habitual. En caso afirmativo:
- estás exenta de pagar iva
- puedes quedarte en la vivienda hasta 3 años
No se trata de perseguir por ley a la inmobiliaria, sino que simplemente las claúsulas del contrato disconfomes con la ley son nulas.