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Valle Fdez.

inquilino/a

¿Tiene derecho el arrendador a quedarse 300 € de fianza en concepto de recibos una vez te hayas marchado del piso?
Conseguimos el piso de alquiler donde resido en la actualidad a través de una Gestoría y les avisamos con meses de antelación que tenemos intención de marcharmos y que necesitaríamos la fianza para darla para el siguiente piso al que nos vamos (también de alquiler) y nos dicen que se quedarán con 300 € para pagar los siguientes recibos derivados del uso del piso y nos devolverán lo que sobre cuando, además, al entrar nosotros en dicha vivienda nos tuvimos que hacer responsables de los cargos de los recibos ya que, según ellos, hacía meses que no vivía nadie en él.
  • Preguntado por: Valle Fdez.
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
//Mfan ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Si tienen las pruebas que los recibos los han pagado ustedes entonces no hay por qué el arrendador quedarse con el valor de la fianza. No obstante este valor puede ser usado, o parte de él, para satisfacer duedas por pagar como bien dice el código civil.
    Artículo 1825.
    Puede también prestarse fianza en garantía de deudas futuras, cuyo importe no sea aún conocido; pero no se podrá reclamar contra el fiador hasta que la deuda sea líquida.
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    El casero tiene que devolver la fianza en el plazo de un mes después de la devolución de llaves. A menos que en el contrato se haya especificado lo contrario.

    Esto es asi para dejar todo zanjado, es decir, para comprobar que esta todo bien (electrodomésticos por ejemplo) y para pagar las facturas de lo que el inquilino ha gastado y que todavía no hayan llegado.

    Para evitar malos entendidos yo recomiendo que a la entrega de llaves se prueben los electrodomésticos y todo, cuando todo el mundo esté delante. Y que se llame a la compañía de gas/luz/agua y se de la lectura actual (de ese momento) para que pasen la última factura hasta ese gasto.

    Si la compañía no puede cambiar el periodo de facturación, se puede coger alguna factura anterior y hacer una estimación.

    Algo parecido se suele hacer cuando se firma el contrato.

    Pero, contestando a tu pregunta, sí, el casero puede quedarse con toda la fianza durante un mes para pago de recibos y desperfectos, si en el contrato no se ha especificado lo contrario.

    Saludos
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La fianza puede ser usada, además de para subsanar desperfectos para liquidar los últimos recibos de suministros. Leed los contadores para que luego las cuentas estén claras y no pagues más de lo que debas.
  • //Mfan

    inquilino/a

    Es bastante habitual quedarse con cierto monto para los recibos que estén pendientes, por eso siempre insistiré que lo mejor es el cambio de titularidad ya que el importe de esto es escaso y así cada uno se hace responsable de los recibos suyos ya que la suministradora pedirá la lectura del contador al día del cambio.

    Le recomiendo que tome nota de las lecturas y las entregue a su administrador, con eso se puede realizar una estimación de su gasto.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 15 años
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