Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

javier minaya

inquilino/a

¿Con cuánto tiempo de anticipación como mínimo debo comunicar al arrendador que voy a dejar la habitación?
El contrato dice un mes sino pierdo la garantía, ¿es correcto?
  • Preguntado por: javier minaya
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    El Código Civil, que es el que rige el arrendamiento de habitaciones dice en su artículo 1581
    "Si no se hubiese fijado plazo al arrendamiento, se entiende hecho por años cuando se ha fijado un alquiler anual, por meses cuando es mensual, por días cuando es diario.
    En todo caso cesa el arrendamiento, sin necesidad de requerimiento especial, cumplido el término."

    Esto es si en el contrato no pone otra cosa.
    Si el contrato dice que se debe avisar con un mes... ¡Hay que hacerlo! (Probablemente a tí tampoco te hubiera gustado que te pusieran en la calle con menos tiempo).
  • usuario eliminado

    Hola.
    No especifica la LAU nada respecto a habitaciones, el código civil tampoco se refiere a ello.
    Debe guiarse por lo pactado al alquilar la habitación.
    Para viviendas comprendidas en la LAU del 94 son 30 días como mínimo el plazo de aviso para abandonar, o mejor dicho, dar por terminado el contrato.
    saludos.
    visite mi blog.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas