Hola.
No especifica la LAU nada respecto a habitaciones, el código civil tampoco se refiere a ello.
Debe guiarse por lo pactado al alquilar la habitación.
Para viviendas comprendidas en la LAU del 94 son 30 días como mínimo el plazo de aviso para abandonar, o mejor dicho, dar por terminado el contrato.
saludos.
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