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Hace 4 meses alquilé un piso por medio de una agencia (technocasa), en el contrato era año a año prorogable y incluia una clausula de que con 3 meses de antelación tanto el inquilino como el arrendatario podrían rescindir el contrato. La cuestion es q a los 4 meses me ha comunicado que requiere el piso para vivir y tengo 3 meses para abandonarlo.
¿Tengo derecho a indemnización? ¿La comision de la agencia no la puedo recuperar? ¿Tengo que seguir pagando los 3 meses? ¿La mudanza? ¿No hay un plazo minimo?...
Hola Phirus:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/R-e2-gimen-normativo-de-los-contratos.htm
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
reciba un cordial saludo
Habría conocer la fecha exacta l contrato si es anterior a 6/6/2013 Vd. Tiene defecho a permanecer en la vivienda cinco años salvo que en el contrato se haya hecho constar la necesidad del dueño, si es posterior tiene derecho a tresaños salvo que el dueño lo necesite antesaunque nos se haya hecho constar en el contarto