hola , lareendatario se obliga : a permitir el acceso a labitage al propietario , al administrador o a los operarios o industriales enviados por qualquiera de ellos para la realizacion , la inspeccion y comprovacion ,de qualquier tipo de obras o reparacionesque afecten a linmueble. A tal efecto i de conformidad con lo que dispone la lei 18 /2007, de28 de diciembre . del dereccho a labitage , se concreta como calendario de visitas una visita semestral que podra realizar el propietraio o su administradopr con tal de verificar lestado de labitage . saludosn
Hola. Las cláusulas abusivas se consideran nulas aunque el inquilino las firme. Pero como le he dicho en otro post, considero que firmar cláusulas abusivas abre una futura fuente de conflictos. Con todos los caseros NORMALES que existimos por ahí... ¿Por qué hacer tratos con gente que pone cláusulas leoninas????
Hola Gràcias por responder, Oscar pero si firmo esta cláusula me obligó a cumplirla, o simplemente si esta así es como si no Estuviera? No lo entiendo? Saludos
La única cláusula "válida" posible sería para el caso de obras IMPRESCINDIBLES u OBLIGATORIAS. Sería semejante a ESTA La parte arrendataria se obliga a permitir la entrada en la vivienda a la persona que señale la parte arrendadora o el Presidente de la Comunidad de Propietarios, para la realización de obras obligatorias con arreglo a lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal
En principio, usted no tiene porque dejar entrar a nadie durante el periodo de alquiler, y si luego se niega a que entren, tienen complicado conseguir algo, pero.... realmente vale la pena arriesgar?, hable con el arrendador diga que no está de acuerdo, y si no quita la cláusula, busque otro inmueble, de cada 200 contratos, dudo mucho que encuentre otro con esta misma cláusula.
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