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silvia escobar

casero/a

Tenemos dos propietarios de piso que alquilan habitaciones de vez en cuando a extranjeros. Es esto legal?

Nos preguntamos si es posible alquilar pisos a personas ajenas a la comunidad de propietarios por días o temporadas, y si esto está regulado.   En realidad, cada dos o tres días, llega alguien nuevo que sube y baja maletas a veces estropeando el ascensor. 

Nuestros estatutos no lo prohiben, nos preguntamos si podemos modificarlos o de alguna reglamentar esta actividad de forma que sea lo menos lesiva para los intereses comunes. 

 

Silvia Escobar 

Presidenta de la Coimunidad de propietarios de Cervantes 38 madrid 

  • Preguntado por: silvia escobar
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debe tomar en consideración que la propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.(art. 348 CC) y que laLPH tampoco contiene prohibición de alquilar su piso a los vecinos.

    Por lo tanto salvo que esas personas alquiladas realicen actividades molestas, illícitas o peligrosas no veo forma de oponerse a esos alquileres.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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