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RAUL HIDALGO

inquilino/a

¿Te pueden cobrar 8000e de aval después de que llevas cinco años de alquiler y te caduca el contrato?

es un piso de protección oficial y hace cinco años nos pidieron un mes de fianza y ahora ha cambiado la constructura y nos piden 8000e, es legal?

  • Preguntado por: RAUL HIDALGO
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (8)
Muelles ha sido el primero en contestar
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Hombre, teniendo en cuenta todos los problemas que hay para echar a un inquilino que no paga, los gastos que se originan y los desperfectos qeu se pueden originar en el piso, pedir un aval de 8000€ no me parece que sea exprimir a un inquilino. Me parece mucho dinero, pero decir eso me parece un poco exagerado... Más cuando, según ha dicho RAUL, el propietario es una constructora...

  • manuel josé

    casero/a

    Un arrendador  debe asegurar la solvencia, es decir, cobro por anticipado o garantías.  El  inquilino solvente sucede lo mismo.  Algunos  buscan  la gallina de los huevos de oro para, con cualquier pretexto, ( incluso ignorancia de ley y preguntas a posteriori, la de los hechos consumados) exprimirlo.  Busca una solución normal e intermedia.

    Saludos,  

  • Helena Haydeé

    casero/a

    Raúl, mejor que haya un tercero más que dejar un depósito de tanto importe; mejor pagar unas comisiones al banco que quizás perder todo el dinero. Amarra bien el resto del contrato. Suerte

  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Sí, es verdad. No todos los caseros son gente de confianza... Si Raul puede negociar con su banco los gastos, es mejor que lo haga con ellos. Porque aunque en este caso el propietario es una constructora, siempre es mejor que custodien el dinero unos terceros ...

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Inquilino y Propietario

    Hay que tener en cuenta que darle  8000 euros a un extraño... y que luego puedas tener problemas para recuperarlos como vemos aquí muchos casos... (me tienes que pintar me tienes que barnizar el parqué, me tienes que....) es un trago, incluso aunque al final lo llegaras a recuperar en un juicio.

    El banco podría avalarte si tú contratas un depósito y ellos simplemente "lo pignoran" (bloquean el depósito hasta que el aval caduque)

    En fin, cualquiera de las dos cosas te bloquea temporalmente los 8000 euros. Ahora es elegir quién quieres que los custodie todo ese tiempo.

  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Pero el aval bancario es que dejas en el banco esos 8000€ retenidos, sin poder utilizarlos y sin cobrar intereses, y que le tienes que pagar al banco una comisión por retenerte esa cantidad y custodiar que tú no lo utilizas.

     

    En mi opinión es más rentable para el inquilino entregar un depósito, ya que es lo mismo pero sin pagar la comisión bancaria...

     

    Intenta negociar con el caswero otro tipo de garantías o un depósito de menor importe.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    A los 5 años del contrato cualquiera de las partes puede dar por finalizado el arriendo.

    Si la parte arrendadora le ha comunicado su decisión de no continuar con el contrato de hace 5 años, tendrán que llegar a un nuevo acuerdo, partiendo de cero, para hacer otro contrato en donde todas las condiciones se pactan nuevamente.

    Usted puede o no aceptarlo. Pero si no lo hace tendrá que buscar otro piso.

    En mi opinión entregar 8000 euros en efectivo me parece un exceso, trate de negociar para que le acepten, en lugar de eso, un aval bancario por la misma cantidad.

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Muelles

    casero/a

    Es legal, y en los tiempos que corren diría que hasta lógico, pedir todas aquellas garantías adicionales que el propietario considere oportunas para asegurar el pago de la renta.

    Te dejo el artículo de la Ley de Arrendamientos Urbanos que faculta al arrendador para ello:

    Artículo 36. Fianza

     

    5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 14 años
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