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"Serán por cuenta del arrendatario todos los daños que se produzcan con motivo del uso y aquellas reparaciones que fueran necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido"
"El plazo de duración de este contrato es de UN AÑO de obligado cumplimiento, entrando en vigor el día xxx, por lo que si la arrendataria desistiera del mismo, dentro de dicho plazo, quedaría obligada a satisfacer las rentas que quedasen por abonar de dicha primera anualidad."
Gracias de antemano
Hola Rolando:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Ley-de-Medidas-de-Flexibilizaci%F3n-del-Mercado-del-Alquiler-.htm
reciba un cordial saludo.
Muchas gracias,
El contrato aun no se ha firmado, por lo que entiendo que la segunda también sería nula. Quería asegurarme de su nulidad por si se negaran a cambiar las clausulas.
Un saludo
1. - lo referente a daños por uso parece vulnerar la Ley y por tanto es nula.
2. - lo referente a duración depende de la fecha de ese contrato.
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