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Los inquilinos llevan dos años de contrato.
No, la necesidad del dueño tendría que haber sido prevsita en el contarto. Te sugiero leas esto
Solamente si el contrato prevé la necesidad del propietario (o familiares directos, según el último cambio legal vigente desde diciembre) se podrá resolver. Si, por contra, no se estipuló nada, ahora no cabe resolución forzosa, aunque siempre queda el espacio para la negociación.
Eduardo Llarena
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