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El próximo mes alquilaré una casa con contrato de alquiler como vivienda permanente, prorrogable anualmente. Para obtener un mejor precio he negociado pagar un año por adelantado. He acordado con el casero hacer unas mejoras a la vivienda. Estas mejoras las puedo realizar contemplando que al menos se respeten los cinco años de alquiler. Sin embargo, me asalta la duda después de haber leído que con el "desahucio express" un propietario puede echar a un inquilino, avisándolo con un período de antelación de dos meses, e indicando que la vivienda la necesita como hogar permanente. ¿Puede saltarse el compromiso de cinco años de alquiler, acogiéndose a esto?. Si esto ocurre durante el primer año ¿puedo reclamarle el dinero anticipado e indemnización?
Hola vaquero:
a día de hoy no hay ninguna nueva Ley y, aunque la hubiera, no afectaría a su contrato en lo referente a la necesidad de vivienda del arrendador. El siguiente enlace es lo que, en su caso sería aplicable a su contrato:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
reciba un cordial saludo.