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He ganado el juicio verbal que tuvo lugar en Junio y han condenado a mi ex-inquilino a pagarme los 500 euros que aun me debe (él no fue al juicio, se le tuvo que notificar en "tablón de edicto" y se le declaró "en rebeldia")... cobra una pensión de 900 euros de la cual ya aporté documentación en la demanda junto con copia de su DNI exponiendo que en caso de impago se le embargara de ahi. en Junio cuando le condenaron y recibi la carta del juzgado con la sentencia .. sin embargo, estamos en Septiembre y yo aún no he cobrado nada, no se puede recurrir ... me ha dicho un conocido que debo redactar "una ejecución de sentencia" en la que simplemente debo presentarla, no hubo abogado ni procurador por ninguna de las partes dada la cuantia ¿Cuanto tiempo tengo para redactar esa "ejecución de sentencia" y ¿cuanto tiempo tiene el juzgado para contestarme y resaciarme de la deuda?... ¿que se debe hacer en mi situación en un caso asi?...
1. - Puede redactar y presentar esa solicitud de ejecución de sentencia hasta que el Juzgado decida archivar el asunto (s. E. U o. ) 4 años.
2. - el Juzgado tardará en proveer (contestar) su escrito lo que sea habitual en ese Juzgado, por lo menos una o dos semanas.
3. - el Juzgado no le va a resarcir la deuda, si el escrito está bien hecho ordenará el embargo de su deudor, si está mal hecho le requerirá para subanar.
4. - lo anterior.
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