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Llevamos en este piso tres años.
En tres años, si no han negligencia del inquilino, una caldera no se avería por uso, así que el propietario tiene la absoluta y única responsabilidad de cambiarla, pues está obligado a mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad.
En cuanto a la pregunta que formula Bosco, el propietario tendrá que decidir entre repararla o cambiarla. Tú solo puedes exigir que funcione. Si el propietario no lo soluciona, de la manera que él crea conveniente, es un incumplimiento de contrato ante el cual tienes la opción de exigirle el cumplimiento (por escrito, mediante burofax, con aviso de recibo) señalando un plazo razonable indicando que a partir del cual, si no lo lleva a cabo, procederás tú a encargar la reparación o sustitución de la caldera por otra de similares características, pasándole a él el cargo. Debes documentarlo todo muy bien: facturas, pequeño informe del técnico que actúe, etc, para estar en condiciones de demostrar todas las circunstancias.
Si lo anterior te parece muy complicado y no quieres arriesgarte a tomar tú la decisión de reparar o sustituir la caldera, en el burofax adviertele de que transcurrido ese plazo que le señalas, si no adopta solución, darás por finalizado el contrato.
Lo de dejar de pagar no es aconsejable, porque te coloca a tí en situación de incumplimiento. Pero si finalmente tienes que asumir la reparación o sustitución de caldera y lo documentas todo muy bien, espera al último o últimos meses del alquiler para cobrartelo en renta, pues una vez que haya finalizado el alquiler, cualquier reclamación judicial de la renta impagada se compensaría con la deuda que el propietario tendría contraída por la caldera. Pero insisto, todo esto muy bien documentado y con burofax siempre de por medio. Suerte.
Hola,
Mi caldera se ha roto y 2 técnicos diferentes han recomendado cambiarla (la caldera está obsoleta) Pero el propietario no quiere hacerse cargo.
Qúe puedo hacer? Denunciarlo? Dejar de pagar?
Si se trata de una pequeña reparación debida al uso ordinario, correrá a cuenta del inquilino.
Si la caldera ha llegado al fin de su vida útil, será el propietario quien deba correr con los gastos de un nuevo electrodoméstico.