Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Y si el piso fuera a nombre de uno de mis hijos? habria alguna deducción?
Eso ya te lo he dicho antes, la consulta no se refiere a que la vivienda sea propiedad del consultante, que es lo que tu interpretas.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Por eso no lo he hecho, hay que intentar atenerse a la pregunta
Matiz?
el único matiz que hay es que no has acertado en nada de lo que has escrito aqui.
casi mejor que no nos lo expliques, pq eso significaría que tendríamos que rectificarte otra vez, visto lo visto.
No, no hace falta que me lo expliques a mi, llevo años explicandolo a futuros funcionarios de la aeat, incluido inspectores de hacienda.
creo que la pregunta esta contestada con las dos primeras respuestas.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Por supuesto que hay un matiz, pero es mas complicado de comentar aquí. Si quereis escribo bastantes lineas y os lo explico. Pero de momento por la pregunta que hace no creo que debiera hacerlo para no liarla más.
Pues veras, es equivocada porque es muy dificil acertar cuando no se conoce la ley y tu afirmacion de que el caso debe tratarse como un alquiler a un desconocido contradice por completo el tratamiento fiscal que la ley de irpf le da a los arrendamientos entre parientes.
Eso si es lo que hay, es lo que dice la ley.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
Sófocles, el alquiler entre familiares tiene unas cuantas diferencias a lo que tú has dicho, con lo que está equivocada.
Lo que hay, ahora mismo, es una gran ignorancia con mucho atrevimiento por tu parte.
Entoendo que la consulta no se refiere a que la propuedad del piso sea del consultante.
en cualquier caso esa respuesta esta equivocada.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Hola Tarragona57,
usted este caso lo tiene que tratar como si fuera un alquiler a un desconocido, donde tiene que declarar las rentas recibidas, desgravar los gastos habituales suyos como Comunidad, IBI, amortizacion de vivienda, gastos de conservacion, etc, y finalmente si sus hijos trabajan, cobran por encima del IPREM, tienen menos de 30 años (siendo el contrato reciente) o 35 años si el contrato se hizo antes del 2011, entonces podrá reducir el 100% del rendimiento neto (ingresos menos gastos)
Si el piso va a nombre de un hijo que está viviendo, entonces como que su hijo está viviendo en su piso de propiedad solo podría desgravar la hipoteca si la hubiera (no habría alquiler) y si fuera de antes del 2012.
Salu2
No, solo es decucible el alquiler de la vivienda habitual.
dependería de los datos economicos de éstos.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Si tus hijos no tienen ingresos por encima del iprem no tienen derecho a deducción.
tu tampoco tienes derecho dado que no es tu vivienda habitual.
pablo.