Buenos días,
Cuando en un contrato aparece alguna cuestión como causa de resolución, el arrendador tiene la posibilidad de alegar dicho incumplimiento como causa resolutoria y dar por terminado el contrato. El problema viene (y la consecuente necesidad de judicialización) porque normalmente el arrendatario no reconoce tal incumplimiento, así que la única forma de hacerlo efectivo es que un juez declare el contrato extinguido por dicha causa.
Un saludo,
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