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hebson

inquilino/a

puedo rescindir el contrato antes de plazo debido a que tengo filtraciones de agua en 2 fachadas?

En septiembre nos mudamos mi familia y yo a un piso de alquiler.

Firme el contrato por un año pero cual es la sorpresa que al de 2 meses comienza a llover y la habitacion de mi hijo el pequeño chorrea agua pòr las paredes y nos salen humedades.

El arquitecto que va a hacerse cargo de la obra del tejado me dice que son filtraciones pero que hasta despues del invierno no comienzan las obras y primero haran el tejado.

Puedo rescindir antes de tiempo el contrato?O me tengo que aguantar y vivir un año entre paredes que chorrean y humedad?.

Gracias de ante mano

  • Preguntado por: hebson
  • Hace 10 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Como apostilla a la acertada respuesta de Oscar, recordarle que en los arrendamientos de vivienda suele ocurrir que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados en sede judicial puede exigir la intervención de Letrado y Procurador

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Por decisión unilateral no puedes rescindir el contrato hasta que no hayas cumplido como mínimo 6 meses (debes avisar con 30 dias de antelación).

    Por lo tanto, la opción es negociar con el arrendador una salida que sea satisfactoria para ambas partes, o bien convencer a un juez que la vivienda no es habitable.

     

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