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Mi primo firmó un contrato de 6 meses, pero al mes lo despidieron de su trabajo y avisó al propietario que se iba. Éste le ha dicho que no le devuelve la fianza por incumplir el contrato, pero en el contrato no figuraba nada de eso, ¿puede hacerlo? El propietario puede reclamarle algo por incumplir el contrato amparándose en algún artículo de la ley aunque no figurase nada en el contrato. Mi primo quiere denunciarlo, ¿puede? De momento ha vuelto al piso y no le ha entregado las llaves. Según mi primo verbalmente quedaron en devolver la fianza, o al menos la mitad pero como el propietario no se presentaba, fue cuando le dijo que lo iba a denunciar. Gracias.
Muchas gracias. Mi primo se ha pasado por Consumo y le han dicho que el propietario también puede reclamarle las cuotas de los meses que faltan para finalizar el contrato. Así que ha hablado con el propietario, y al final le ha devuelto la parte proporcional de la fianza por ese mes que ha estado. No sé si será muy correcto pero, como bien dices, "más vale mal arreglo que un buen pleito".
Si ha vuelto al piso es eviedente que el arrendamiento continua, debe recordar que los pactos son para cumplirlos y el que los deja incumplidos debe indemnizar al que está dispuesto a cumplirlos.
La teoría es muy fácil, como ve pero el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente