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Jesus Molina

profesional

Tengo contrato de seis meses, y cumple ya, ¿debo de firmar otro contrato para el piso en alquiler?
Estoy a punto de irme de la casa, ya que me entregan mi casa en diciembre, ¿qué debo hacer?
  • Preguntado por: Jesus Molina
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Si el contrato de seis meses es de temporada, sea genérica o porque conste la causa concreta de la temporalidad, el arrendatario puede abandonar la vivienda y entregar las llaves cumplidos los seis meses. Pero si el contrato es de vivienda habitual, el arrendatario deberá notificar al arrendador su renuncia a la prórroga al menos treinta días antes de cumplirse los seis meses, porque en caso contrario el contrato se prorroga de forma automática por un nuevo año. Por tanto, si el contrato es de temporada, no será necesario hacer nada, pues el contrato se irá renovando mes tras mes. Si es de vivienda habitual se puede optar por resolverlo y firmar uno de temporada con la duración que convenga, o que el arrendador preste su consentimiento al arrendatario para desistir del contrato actual con los requisitos que establezcan.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Antonio Postigo

    profesional

    Lo prudente es renovar el contrato por el periodo que efectivamente piense que pueda necesitar. Siempre por escrito.

    Si no recoge la renovación por escrito se podría dar la renovación tácita del contrato y pedirle el propietario que cumpla el periodo por el que se renovó.

    Más vale prevenir ...

    Un saludo.
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