Candela, hacen falta datos, ¿preavisó con treinta días? ¿tiene cláusula de penalización en el contrato por incumplimiento del plazo?
De todos modos tenga en cuenta que Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede, los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos datos se extraerá la posibilidad o no de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora. En este enlace:
http://pedrohernandezabogado.com/2011/01/el-finiquito-del-alquiler.html tiene ampliada la información que le interesa. Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur./min. Desde móvil)
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