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He instalado la caja tal como me pedía la compañía y el propietario no quiere hacerse cargo del coste de la instalación de la misma.
¿Siendo algo fijo en la vivienda, aunque el titular del contrato de suministro eléctrico sea yo, tengo que pagarlo como inquilino, o debe hacerlo el propietario?
Es responsabilidad del arrendador cualquier obra en la vivienda que sea exigida por la empresa suministradora - en definitiva por la ley - para poder contratar el suministro eléctrico, como es el caso de una caja para alojar el ICP, siempre que se no se pretenda un suministro extraordinario que requiera especiales dispositivos de seguridad y control que no quepan en la cajas para suministros ordinarios de vivienda.