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si me hace un contrato indefinido y fallece yo me tendria que ir del piso o seguiria pagando al nuevo propietario
Buenas noches,
es reiterada la jurisprudencia que señala que no es posible establecer una duración indefinida, ya que la naturaleza del arrendamiento es temporal. Por tanto, tiene que fijar un horizonte temporal para el arrendamiento.
en todo caso, al ser su arrendador usufructuario, el arrendamiento se extinguirá necesariamente cuando se extinga el usufructo (con la muerte de su arrendador).
un saludo,
De cualquier modo pactar duración indefinida para un contrato de alquiler perjudica al inquilino ya que se considerara que dura un año, prorrogable a tres si se trata e un alquiler de vivienda.
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No se puede hacer un contrato indefinido. El contrato de alquiler se acabaría con la muerte del usufructuario, aunque podría negociarse con los herederos.
Lea http://www.abogadoarrendamientos.com/2014/10/06/cuando-el-arrendador-es-usufructuario-del-inmueble/