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Desde hace siete años vivo de alquiler y me gustaría saber a quien le corresponde contratar el seguro de hogar, según la ley. Tengo el referente de una hija que vive de alquile y su casero es el que tiene contratado el seguro, pero es que su anterior casero también es el que se resposabilizaba del seguro de hogar.Que me pueden decir ustedes?
María, como te ha dicho Amparo, el propietario puede si quiere contratar una poliza que le asegure las paredes, una parte del contenido y la responsabilidad civil. Pero tú como inquilina, estás casi más obligada a pagarte un pequeño seguro que te cubra, a parte de "tu contenido", la responsabilidad civil. Imagínate que te dejas un grifo abierto e inundas el piso al vecino, o pones una vela y quemas el bloque... Tú, como arrendataria podrías ser la responsable...
Si el propietario paga un seguro, cubrirá exclusivamente sus bienes y su responsabilidad civil.
Para proteger sus cosas y su responsabilidad civil debería ud contratar un seguro \"de inquilino\". Que los hay y son bastante más económicos que los de los arrendadores.
Pueden entenderlo mejor leyendo esto: SI ALQUILAS PISO... ASEGÚRATE