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Mi hijo quiere alquilar un piso y el arrendador ha incluido en el contrato la obligación del pago de los impuestos que se derivan del piso por parte del que alquila. ¿Esto es así?
Buenos días, Boga:
Para que se válido el pacto en virtud del cual el arrendatario se haga cargo del pago de las tasas, los gastos de comunidad y el IBI, es preciso que conste expresamente en el contrato y que se especifique la cuantía de cada uno los conceptos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl